El Boletín Oficial del Estado publica este miércoles un Real Decreto por el que se adoptan medidas extraordinarias en el sector del vino para hacer frente a la crisis causada por la pandemia de COVID-19, y por el que se fija una norma de comercialización en el sector del vino y se modifica la regulación sobre declaraciones obligatorias en el sector vitivinícola y el programa de apoyo al sector del vino.

 

En el caso de la destilación de crisis recoge que se establece una ayuda a la destilación de crisis, voluntaria, para vino a granel con grado alcohólico mínimo de 11% en volumen producido en territorio nacional, en la campaña 2019-2020.

 

El volumen inicial de vino que recibirá ayuda a la destilación será de 2 millones de hectolitros, de los que 0,5 Mhl serán de vinos amparados por una Denominación de Origen Protegida (DOP) y 1,5 Mhl para el resto de vinos. Excepcionalmente, podrán ser objeto de destilación los vinos base para la DOP Cava con un contenido alcohólico mínimo de 9,5 % en volumen.

 

Real Decreto 557/2020 en enlace a .PDF adjunto

https://www.boe.es/boe/dias/2020/06/10/pdfs/BOE-A-2020-5898.pdf