El Ministerio de Agricultura, en vista del nivel de disponibilidades de vino para la campaña 2020/21, establecerá que el volumen mínimo de alcohol que deben contener esta campaña los subproductos eliminados deberá ser el 12,5% (el lugar del 10%, como hasta la fecha) del volumen de alcohol contenido en el vino producido por vinificación directa de la uva de la que procede.

 

 

Tal y como avanzaron diferentes organizaciones, el MAPA tiene la capacidad de incrementar las prestaciones vínicas mínimas, pues la legislación establece que cuando las disponibilidades de vino para una campaña sean superiores a la media de las últimas cinco temporadas, el Ministerio está capacitado para incrementar el volumen de alcohol que deben contener los subproductos del 10% hasta un máximo del 15% del volumen de alcohol contenido en el vino del que procede.

 

 

Orden Ministerial en enlace a .PDF adjunto

https://www.boe.es/boe/dias/2020/11/05/pdfs/BOE-A-2020-13658.pdf

 

Últimas Noticias